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Inscripción y renovación en el registro de AVU´s y GFU´s

Los pasos siguientes aplican tanto para el trámite de inscripción como el de renovación en el registro de generadores, transportistas y operadores de AVU´s y GFU´s y han sido elaborados en base a la ordenanza 10.765/12 de regulación, control y gestión de aceites vegetales usados.  

Tanto generadores como operadores y transportistas deberán presentar:

1) Nota dirigida al subsecretario de ambiente (Sr. Daniel González), solicitando inscripción o renovación en el registro municipal de generadores, transportistas y operadores de aceites vegetales usados (AVU’s) y grasas de frituras usadas (GFU’s). La misma debe venir CON COPIA PARA SU RECEPCIÓN Y SELLADA EN CAJA MUNICIPAL

MODELO DE NOTA INSCRIPCIÓN SI SOS ÚNICO TITULAR

MODELO DE NOTA INSCRIPCIÓN SI ES SOCIEDAD

MODELO DE NOTA RENOVACIÓN SI SOS ÚNICO TITULAR

MODELO DE NOTA RENOVACIÓN SI ES SOCIEDAD

2) Formulario base de inscripción/renovación, según corresponda (vea enlace para descargar el mismo).

3) Copia del certificado de HABILITACIÓN COMERCIAL en trámite o formulario 1 de habilitación comercial. 

4) Certificado de autorización ambiental N° 10765/12 (Regulación, Control y Gestión de Aceites Vegetales Usados AVU´s y Grasas de Frituras Usadas GFU´s), emitido por la Subsecretaria de Ambiente (Otorgado por la Dirección General de Evaluación de Impacto Ambiental). Aclaración: el mismo sólo es requerido para transportistas y operadores.

a. Pequeños Generadores: hasta 50 litros mensuales de AVU´s y/o GFU’s abonarán una tasa anual de inscripción/renovación en el Registro habilitado a tal fin de 400 módulos: $9080,00 

b. Medianos: entre 50 lts. y hasta 250 lts. mensuales de AVU´s y/o GFU’s abonarán una tasa anual de inscripción/renovación en el Registro habilitado a tal fin de 500 módulos: $11350,00

c. Grandes: más de 250 lts. mensuales de AVU´s y/o GFU’s abonarán una tasa anual de inscripción/renovación en el Registro habilitado a tal fin de 800 módulos: $18160,00

d. Transportistas abonarán una tasa anual de inscripción/renovación en el Registro habilitado a tal fin de 1200 módulos: $27240,00

e. Operadores abonarán una tasa anual de inscripción/renovación en el Registro habilitado a tal fin de 2400 módulos: $54480,00

f. Constancia de estado en trámite 25 módulos: $567,50

A los fines del cálculo de la presente tasa se tendrá en cuenta el valor módulo establecido para la Tasa de Higiene Urbana.

Generadores: además de los ítems anteriores, los generadores deberán presentar el convenio con las empresas habilitadas con las cuales trabajarán y un libro de actas para su foliación.

Transportistas: además de los ítems anteriores, los transportistas deberán presentar: seguro de los vehículos, carnet de conducir de los choferes, comprobante de la VTV y plan de contingencia. 

Operadores: además de los ítems anteriores, los operadores deberán presentar un plan de contingencia.

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