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Inscripción/renovación en el Registro Municipal de Residuos Biopatogénicos.

INSTRUCTIVO– Inicio de Trámite Inscripción en el Registro Municipal de Generadores de Residuos Biopatogénicos.

Los pasos siguientes aplican tanto para el trámite de inscripción como renovación en el Registro Municipal de Generadores de Residuos Biopatogénicos, según lo establecido en la Ordenanza 8382/05.

Generadores, operadores y transportistas deberán presentar para su inscripción:

  • Nota dirigida al Subsecretario de Ambiente, Sr. Daniel González, solicitando la inscripción  en el Registro Municipal de Generadores de Residuos Biopatogénicos, conforme a lo establecido por la Ordenanza 8382/05.
  • Formulario base completo. El mismo deberá ser presentado cada 2 años, sin excepción.
  • Libro de actas.  
  • Certificado de habilitación Municipal y/o Nº de expediente.
  • Habilitación de fiscalización de provincia (SIPROSALUD), excpeto para veterinarios y podólogos.
  • Listado de profesionales actuantes con Nº de C.U.I.T, fotocopia del D.N.I, copia del título certificado por escribano y Nº de matrícula
  • Contrato de alquiler o título de propiedad del inmueble
  • Croquis de los consultorios con la ubicación de los contenedores de residuos y descartadores de cortopunzantes 
  • Fotocopia de la matrícula profesional 
  • Cursos de capacitación en el manejo de residuos patológicos  

En torno a la documentación requerida para la renovación, se solicita:

  • Nota dirigida al Subsecretario de Ambiente, Sr. Daniel González, solicitando renovación del trámite.
  • Libre deudas de la tasa de recolección de residuos patológicos.
  • Libro de actas
  • Copia de habilitación municipal.
  • Cursos de capacitación en el manejo de residuos patológicos
  • Solicitud del libre de deuda en ATENCIÓN AL PÚBLICO, edificio municipal calle Moreno Nº 815.
  • Croquis de los consultorios con la ubicación de los contenedores de residuos y descartadores cortopunzantes.

Una vez presentada la documentación requerida, la autoridad de aplicación procederá a realizar la inspección correspondiente, si se corrobora que el solicitante cumple con los items establecidos, la dirección emitirá un certificado de autorización ambiental, cuyos importes variarán en función de lo establecido en la ordenanza 14109/18 tributaria anual, (usted podrá encontrar el resumen de la misma haciendo click aquí o bien descargarla desde la página del municipio www.comodoro.gov.ar). A continuación se detallan los valores:   

a. Generadores que produzcan un volumen mensual menor a 300 dm3, abonarán anualmente y por adelantado 31.200 módulos, lo que equivale a $5.475,60

b. Generadores /Operadores odontólogos, que produzcan un volumen mensual menor a 300dm3 abonarán anualmente y por adelantado 40.000 módulos, lo que equivale a $7.020,00

c. Generador que produzca un volumen mensual entre 301 y 5000 dm3, abonarán anualmente y por adelantado 104.000 módulos, lo que equivale a $18.252,00.

d. Generadores que produzcan un volumen mensual mayor a 5001 dm3, abonarán anualmente y por adelantado 936.000 módulos, lo que equivale a $164.268,00

e. Transportistas, abonarán anualmente y por adelantado 312.000 módulos, lo que equivale a $54.756,00

f. Operadores, abonarán anualmente y por adelantado 520.000 módulos, lo que equivale a $91.260,00

g. Certificado de baja del registro de generadores, operadores y transportistas, 1500 módulos $263,25 

h. Certificado libre deuda y baja, 3500 módulos $614,25 

i. Constancia de estado de trámite, 1500 módulos $263,25 

ACLARACIONES:

· Los importes indicados se calculan a partir del módulo de rentas y de abasto, cuyo valor es de $0,1755 y rige hasta el 31 de diciembre de 2020.

·  Al momento de la inspección, sólo tatuadores deberán contar con CARNET SANITARIO habilitante.

· En caso de que hubieran modificaciones, todos los inscriptos y sin excepción, deberán enviar nota a la Subsecretaria de Ambiente  informando sobre los mismos.

· Valor mínimo bimestral, 3750 módulos $658,13

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